Sentencia N° 5031 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 5031, Exp. 05-0687, 15/12/2005
Expediente05-0687
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, revisó la decisión de la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la sociedad mercantil Terrenos y Maquinarias Termaq, S.A. contra un fallo que condenó al pago de honorarios profesionales. La Sala concluyó que la decisión de la Sala de Casación Civil no contraviene la jurisprudencia establecida y que la solicitud de revisión no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales. Por lo tanto, se declaró sin lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La Sala estima que la decisión relacionada con la renuncia del derecho a la retasa por falta de consignación de los honorarios de los retasadores, es una decisión que no es posible impugnar mediante el recurso de apelación y mucho menos a través del recurso de casación, desde luego que si el artículo 28 in fine de la Ley de Abogados impide la revisión de las decisiones que determinan el valor definitivo de las actuaciones cumplidas por el abogado, mucho menos podrían impugnarse las restantes vinculadas con la materia, que hayan sido dictadas en esta fase del procedimiento. Por esa razón, esta Sala concluye que el recurso de casación anunciado en el presente caso es inadmisible, lo que determina la declaratoria sin lugar del presente recurso de hecho.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por los abogados Luis Rojas Becerra y Diego Zuloaga P., con el carácter de representantes judiciales de la sociedad mercantil TERRENOS Y MAQUINARIAS TERMAQ, S.A., ya identificados, de la sentencia Nº RH01422 del 14 de diciembre de 2004, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de hecho propuesto contra el auto del 15 de junio de 2004, dictado por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, denegatorio del recurso de casación anunciado contra el fallo del 31 de mayo del mismo año, pronunciado por el mencionado Juzgado Superior.

Palabras clave

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