Sentencia N° 503 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 503, Exp. 08-0083, 07/04/2008
Expediente08-0083
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2008-04-07
DecisiónCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados respecto a una acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA OTHER C.A. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos económicos por parte de un grupo de ex trabajadores que obstaculizaron el acceso a la empresa. La Sala determinó su competencia para conocer el caso, considerando que la naturaleza de los derechos alegados se inscribe dentro de la jurisdicción ordinaria y no laboral, dado que no se comprobó un vínculo laboral entre los agraviantes y la empresa accionante.
Extracto de la motiva
Pasa la Sala a resolver el conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, para conocer, en primera instancia constitucional, la acción de amparo interpuesta contra los ciudadanos Ana Cortés, Daría Romero, Mercedes Pedra, Janet Arroyo, Yohel Terán y Odáliz González; por el presunto cierre temporal de la sociedad mercantil Distribuidora Other, C.A., y la supuesta violación a los derechos de ejercer la libre empresa y a la propiedad, previstos en los artículos 115 y 112 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Observa esta Sala que el presunto hecho lesionador surge con ocasión de una presunta obstaculización que realizaron un grupo de ex trabajadores de la sociedad mercantil Distribuidora Other, C.A., al impedir el despacho o recepción de mercancía. Ahora bien, estima esta Sala que la vulneración de los derechos aludidos obedece a una situación de hecho, originada por pretensiones de un grupo de personas, entre ellos ex trabajadores, quienes cerraron temporalmente las instalaciones de la empresa accionante, en razón de sus aspiraciones de resolver presuntos conflictos en materia laboral. Sin embargo, esta Sala luego de haber realizado un estudio del presente caso, evidencia que no se desprende de autos que alguno de los miembros de ese grupo sea trabajador activo de la empresa accionante, por lo que no pudiendo verificarse en el expediente un vínculo laboral entre los presuntos agraviantes y la supuesta agraviada, la circunstancia fundamental para determinar la competencia por la materia, al menos en este caso, viene dado por la presunta violación de derechos de naturaleza económica, los cuales en este caso, se inscriben dentro de la competencia de la jurisdicción ordinaria.
Dispositiva
1.- Se declara COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia planteado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua; 2.- Declara COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para conocer de la pretensión de amparo propuesta la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA OTHER C.A., representada por la apoderada judicial de la mencionada empresa, contra los ciudadanos Ana Cortés, Daría Romero, Mercedes Pedra, Janet Arroyo, Yohel Terán y Odáliz González. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua.