Sentencia N° 5 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de enero de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 05, Exp. 01-2393, 22/01/2002
Expediente01-2393
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-01-22
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por BAKER HUGHES S.R.L. contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que había declarado procedente la calificación de despido de Jacobo Elías Hergert. La Sala argumenta que la acción de amparo no puede ser utilizada para revisar el fondo de la decisión, ya que no se evidencian violaciones a derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
Una vez asumida la competencia corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la acción interpuesta, y al respecto observa que la misma se interpuso contra la sentencia del 20 de septiembre de 2001 dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso de apelación ejercido contra la sentencia del 25 de octubre de 2000 proferida por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que declaró sin lugar la demanda de calificación de despido incoada por el ciudadano Jacobo Elías Hergert contra BAKER HUGHES, S.R.L. Dicho amparo está fundamentado en la supuesta violación de los derechos de la defensa, del debido proceso, de ser oído, así como la equidad de las partes en el proceso, y la garantía de que las decisiones sean tomadas con sujeción a la ley, configurada, según los apoderados judiciales de la solicitante, cuando el Juzgado Superior que conoció la referida apelación, consideró que en el juicio de calificación de despido seguido ante el Tribunal de la Causa, se cumplían los extremos legales para declarar la confesión ficta de la parte demandada en dicho juicio, esto es, la solicitante de la presente acción, y en virtud de la cual se declaró la procedencia de la demanda y la orden de reincorporación del actor a su puesto de trabajo con el pago de los salarios caídos dejados de percibir.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Harry D. James Olivero y Olivetta Claut Sist, actuando con el carácter de apoderados judiciales de BAKER HUGHES, S.A, contra la sentencia del 20 de septiembre de 2001 proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionaldespidoconfesión fictaderecho a la defensadebido procesotrabajador de direcciónequidad procesal