Sentencia N° 461 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 461, Exp. 15-0136, 24/04/2015
Expediente15-0136
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-24
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por los abogados de C.A. Metro de Caracas contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo, que había declarado con lugar la solicitud de calificación de despido y ordenado el reenganche de Eliezer Lucero. La Sala determinó que la sentencia cuestionada no incurrió en errores de interpretación constitucional ni en la aplicación de la ley, y que los argumentos de la parte solicitante ya habían sido analizados y decididos en instancias anteriores.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que la parte solicitante, luego de identificar a la referida decisión como la objeto de revisión y de realizar un recuento de la causa principal –calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos-, denunció que el ciudadano Eliezer Lucero nunca fue despedido, incluso señalan que la persona que lo despidió: ciudadano July Rodríguez, no tenía facultad para ello; que el sentenciador superior no cumplió con su deber de notificar a la Procuraduría General de la República, desatendiendo con ello el criterio contenido en la sentencia n.° 1082, del 21 de julio de 2009, recaída en el caso Instituto Venezolano de los Seguros Sociales; y, finalmente, que la sentencia resulta inejecutable pues “el demandante tendría condiciones salariales más favorables que el resto de quienes ocupan el mismo cargo, los cuales ejercen las mismas funciones”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia dictada, el 04 de agosto de 2011, por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentada por los abogados Julio Obelmejias, Alberta Torres, Marlyn Alvarado, Thayluma Pereira, José Hernández, Giselle Bolívar y Tibisay Aguiar, actuando con el carácter de apoderados judiciales de C.A., METRO DE CARACAS.
Palabras clave
derecho laboraldespidocarga probatoriaconstitucionalidadigualdad de géneronormas laboralesjusticia social