Sentencia N° 4603 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 4603, Exp. 04-2471, 13/12/2005
Expediente04-2471
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación de una acción de amparo constitucional interpuesta por INVERSORA LAS COCUIZAS, C.A. contra una decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción. La Sala consideró que la sentencia recurrida fue dictada por un órgano jurisdiccional extinto, lo que constituye una situación irreparable. Además, se determinó que la parte accionante no había consentido la violación de sus derechos, ya que no fue notificada de la sentencia impugnada.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional fue declarada inadmisible por el tribunal a quo, por cuanto consideró en primer lugar, que la sentencia recurrida en amparo fue dictada por un órgano jurisdiccional extinto, circunstancia fáctica que -en su criterio- constituye una evidente situación irreparable, no siendo posible el reestablecimiento de la situación jurídica infringida. Al respecto, observa la Sala que ciertamente los Tribunales Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, y Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fueron suprimidos mediante la Resolución Nº 2003-00018, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, resultando competentes para conocer de las causas que cursaban por ante los referidos Tribunales, los Juzgados de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, con sede en la ciudad de Caracas, ello de conformidad con las Disposiciones Transitorias -artículo 196- de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.504 del 13 de agosto del 2002, y el artículo 6 de la referida Resolución. En el caso bajo estudio, se constata de la revisión del expediente, que en virtud de la supresión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el conocimiento del juicio que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos se le siguiera a las sociedades mercantiles Inversora Las Cocuizas C.A. e Inversiones K.A. C.A., le correspondió al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada Hildemar Nava Rojas, actuando con el carácter de apoderada judicial de INVERSORA LAS COCUIZAS, C.A, contra la decisión dictada el 19 de agosto de 2004, por el Juzgado Superior para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- REVOCA, la referida decisión del Juzgado Superior para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Hildemar Nava Rojas, actuando con el carácter de apoderada judicial de INVERSORA LAS COCUIZAS, C.A contra la decisión dictada el 8 de abril de 2003, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la misma Circunscripción Judicial. En consecuencia se REMITEN las actuaciones a los fines de que dicho Juzgado Superior se pronuncie sobre la admisibilidad o no de la presente acción de amparo constitucional, con excepción de análisis de las causales de inadmisibilidad examinadas en el presente fallo por esta Sala.

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