Sentencia N° 4595 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4595, Exp. 03-2177, 13/12/2005
Expediente03-2177
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada por la Sala Especial Agraria que declaró perecido un recurso de casación interpuesto por Olinda Josefina Álvarez. La Sala Constitucional determinó que la decisión de la Sala Agraria había aplicado incorrectamente la normativa agraria en lugar de la civil, lo que conllevó a una violación de los derechos de defensa y debido proceso de la solicitante. En consecuencia, se declaró con lugar la revisión solicitada y se anuló la decisión de la Sala Agraria.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el fallo que originó la revisión solicitada fue dictado con ocasión a un recurso de casación interpuesto contra una decisión que declaró sin lugar la apelación ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 9 de octubre de 2002, la cual declaró con lugar la demanda instaurada contra la ciudadana Olinda Josefina Álvarez por estimación e intimación de honorarios profesionales, cuyo conocimiento correspondió al Juzgado Agrario en virtud de la competencia funcional atribuida por la Ley de Abogados. En efecto, el artículo 22 de la aludida Ley establece que el ejercicio de la profesión da derecho al abogado a percibir honorarios por los trabajos judiciales y extrajudiciales que realice, salvo en los casos previstos en las Leyes. La reclamación que surja en juicio contencioso acerca del derecho a cobrar honorarios por parte del abogado, será sustanciada y decidida de conformidad con lo establecido en el Artículo 607 del Código de Procedimiento Civil y, la relación de la incidencia, si surgiere, no excederá de diez audiencias.
Dispositiva
1. HA LUGAR la revisión solicitada por el abogado Luis Rafael Meléndez García, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana OLINDA JOSEFINA ÁLVAREZ de la sentencia dictada por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 12 de junio de 2003. 2. ANULA la decisión dictada por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 12 de junio de 2003. 3. ORDENA a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia conocer y decidir el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Olinda Josefina Álvarez contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 20 de febrero de 2003, conforme a los términos expuestos en el presente fallo.
Palabras clave
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