Sentencia N° 3849 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3849, Exp. 05-1997, 07/12/2005
Expediente05-1997
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado por la Sala Electoral en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de trabajadores del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Hierro y Otros Minerales del Estado Bolívar. La acción se originó por la exclusión de estos trabajadores en un referéndum sindical ordenado por la Inspectoría del Trabajo, lo que se consideró una violación de sus derechos constitucionales a elegir y ser elegidos. La Sala declaró que el tribunal competente para conocer del fondo de la acción es el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el asunto sometido a su consideración es la resolución del conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, con ocasión a la acción de amparo incoada por los apoderados judiciales de los ciudadanos Luis Aguilera, Omar Marcano, Elimar Bastardo, Francisco Rodríguez, Bienvenida Lisboa, Secretario General, Secretario de Organización, Secretaria de Profesionales y Técnicos, Secretario de Finanzas y, Primer Vocal Seccional de Empleados -respectivamente- del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIERRO Y OTROS MINERALES DEL ESTADO BOLÍVAR (SUTRAHIERRO BOLÍVAR) y, de esta organización sindical, así como de los afiliados a la misma, ciudadanos Antonio Ojeda, Braulio Orea, Haidee Figueroa, José Torres, Carmelo Moya, Noel Antonio Grillet, Wilfredo José Ruiz Longares, Henrry Rafael Abreu Dicuru, Leudis Coromoto Franco, Edelberto Jesús Valdez, Glenda María Sosa, Ebaldo Jesús Castillo, Luvi Amely Aguilera, José González, Francisco Orta, Elías García, Alfonso Bertho, Jesús Robles, Atanasio Sierra, Alirio De Jesús Lejarazo, Germán Bautista Ballera, Jesús Yépez Rivas y Miguel Valdivieso, trabajadores activos y jubilados de la empresa Ferrominera Orinoco, C.A., contra las actuaciones de la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro del Estado Bolívar. Debe previamente la Sala establecer su competencia para la resolución del conflicto de competencia planteado, y en tal sentido observa que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 266, numeral 7, establece como atribución del Tribunal Supremo de Justicia: “Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal común a ellos en el orden jerárquico”.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley: declara QUE EL TRIBUNAL COMPETENTE para conocer del fondo de la presente acción de amparo interpuesta por el abogado Frank Leonardo Silva Silva, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS AGUILERA Secretario General, OMAR MARCANO Secretario de Organización, ELIMAR BASTARDO Secretaria de Profesionales y Técnicos, FRANCISCO RODRÍGUEZ Secretario de Finanzas, BIENVENIDA LISBOA Primer Vocal Seccional de Empleados del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIERRO Y OTROS MINERALES DEL ESTADO BOLÍVAR (SUTRAHIERRO BOLÍVAR) y de esta organización sindical, así como de los afiliados a la misma, ciudadanos ANTONIO OJEDA, BRAULIO OREA, HAIDEE FIGUEROA, JOSÉ TORRES, CARMELO MOYA, NOEL ANTONIO GRILLET, WILFREDO JOSÉ RUIZ LONGARES, HENRRY RAFAEL ABREU DICURU, LEUDIS COROMOTO FRANCO, EDELBERTO JESÚS VALDEZ, GLENDA MARÍA SOSA, EBALDO JESÚS CASTILLO, LUVI AMELY AGUILERA, JOSÉ GONZÁLEZ, FRANCISCO ORTA, ELÍAS GARCÍA, ALFONSO BERTHO, JESÚS ROBLES, ATANASIO SIERRA, ALIRIO DE JESÚS LEJARAZO, GERMÁN BAUTISTA BALLERA, JESÚS YÉPEZ RIVAS y MIGUEL VALDIVIESO, todos mayores de edad, venezolanos, domiciliados en la ciudad de Puerto Ordaz, trabajadores activos y jubilados de la empresa FERROMINERA ORINOCO, C.A.; en contra de la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro, es el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que corresponda previa distribución, a los fines legales correspondientes.

Palabras clave

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