Sentencia N° 380 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 380, Exp. 12-0637, 26/04/2013
Expediente12-0637
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de trabajadores de Inversora Súper Líder C.A. contra la Inspectoría del Trabajo, debido a la exclusión de su participación en la discusión de la Convención Colectiva. La Sala declaró competente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua para conocer del caso, argumentando que la jurisdicción laboral es la adecuada para resolver conflictos relacionados con derechos laborales. Además, se anuló la acumulación de la acción de amparo con otra causa, por considerarse inapropiada.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, actuando como máximo intérprete de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estima que el conocimiento de las acciones intentadas en ocasión de providencias administrativas dictadas por las Inspectorías del Trabajo, debe atribuirse como una excepción a la norma general contenida en el artículo 259 constitucional, a los tribunales del trabajo. Así se declara.

Dispositiva

1.- Se declara COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central. 2.- DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos DIEGO CIMETTA, ÁNGEL MONTIEL, RICARDO SIVIRA, JHONATAN FALCÓN, NELSON ECHEVERRÍA, ANA VILLEGAS, DANILO MALAVE, YULIANDRI GUERRA, IRIS TOVAR, CARLOS SOLÍS, ARGENIS ÁLVAREZ, DAYANA JIMÉNEZ, KATERINE HERNÁNDEZ, JHOAN SÁNCHEZ, YIMMI SOCORRO, DIMAS ESPINOZA, JEAN FRANCO CARRILLO, PETRIZZIO MILANGELO, MIGUEL ORELLANA, FREDDY IZQUIERDO, MANUEL DASILVA, RAÚL YAGUANACUTO, CIRO BURGOS, AUDELIN VILLAVICENCIO, FERNANDO QUINTERO, WILLIAM LEAL, ALFREDO ROBLES, ROBERT ALVARADO, ADRIANA TORRES, NANCY MOLINA, HARRY BASTARDO, ANDERSON HIDALGO, ALICIA SANDOVAL, RENNY RAMÍREZ, JOSÉ LOSTAUNAU VÉLEZ, JOSÉ QUINTERO, YURIANNY LÓPEZ, FRANCIS RUMBO, RAFAEL APONTE, NATHALY MALDONADO, JOSÉ VIELMA y ALEXIS IBRIAN, contra la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Costa De Oro, Mario Briceño Iragorry, Atanasio Girardot, Libertador, Francisco Linares Alcántara y Santiago Mariño del Estado Aragua, al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 3.- ANULA de oficio la acumulación ordenada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central, mediante el dispositivo segundo del fallo que emitió el 30 de abril de 2012, en la presente causa.

Palabras clave

amparo constitucionaltrabajadoresconvención colectivajurisdicción laboral

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