Sentencia N° 380 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de abril de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 380, Exp. 08-1300, 02/04/2009
Expediente08-1300
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-04-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el amparo constitucional interpuesto por María Belén Rojas, quien fue removida de su cargo en el Aeropuerto Internacional José Leonardo Chirinos sin notificación previa. La Sala determinó que la acción de amparo era procedente, ya que se violaron sus derechos al debido proceso y a la defensa, al no haberse seguido el procedimiento administrativo correspondiente. La Sala declaró competente al Juzgado Superior Contencioso Administrativo del Estado Falcón para conocer de la consulta prevista en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el caso, destacó que la accionante no fue notificada de su remoción, lo que la colocó en una situación de indefensión. Se argumentó que la falta de apertura de un expediente administrativo violó sus derechos, ya que no pudo ejercer su derecho a defensa. La Sala enfatizó que el debido proceso es un derecho fundamental que debe ser garantizado en todas las actuaciones administrativas, y que la ausencia de notificación y de un procedimiento adecuado constituye una violación a este derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. En consecuencia, declara que el COMPETENTE para conocer de la consulta prevista en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, respecto de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el 21 de marzo de 1995, es el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del Estado Falcón.
Palabras clave
amparo constitucionalremoción de cargodebido procesoderecho a defensaadministración públicacompetencia judicialsindicatoderechos laborales