Sentencia N° 355 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 355, Exp. 12-1371, 17/04/2013
Expediente12-1371
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-17
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Adonay del Carmen Franceschini García contra la decisión N° 2012-0846 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La Corte había declarado sin lugar el recurso de apelación contra una sentencia que declaró inadmisible un recurso contencioso funcionarial interpuesto contra el Instituto Nacional de Tierras. La Sala Constitucional concluye que no se incurrió en abuso de poder ni usurpación de funciones por parte de la Corte Segunda, y que la acción de amparo no cumplía con los requisitos legales necesarios para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

En relación al mandato esgrimido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia comentada, verificamos que en ella, dicho Órgano Jurisdiccional determinó que ‘de intentar los accionantes nuevamente y de forma separada sus demandas, debe computarse -a los efectos de la prescripción (sic)- la fecha de la publicación del presente fallo, es decir, que el lapso de prescripción deberá computarse nuevamente desde la fecha de publicación de la presente decisión, toda vez que dicha institución persigue sancionar la inactividad o la falta de interés de la parte, lo cual no se corresponde con el caso que nos ocupa, pues claramente quedó demostrado que los trabajadores al intentar la presente demanda, cumplieron con sus cargas procesales’.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Concepción Olimpia Fermín Muñoz, Luis Bermúdez Rada, Héctor Zamora Izquierdo y Maritza del Coromoto Yánez Bolívar, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ADONAY DEL CARMEN FRANCESCHINI GRACÍA, contra la decisión N° 2012-0846 dictada el 9 de mayo de 2012, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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