Sentencia N° 333 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de febrero de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 333, Exp. 05-2290, 22/02/2006
Expediente05-2290
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-02-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Anzoátegui y el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario de Caracas, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Roberto Rolfini Mazzochi y César A. Vargas M. La acción se fundamentó en la negativa de los síndicos de una empresa en quiebra a firmar cheques necesarios para el pago de salarios a los trabajadores.
Extracto de la motiva
La presente acción ha sido ejercida sobrevenidamente en el curso del proceso de quiebra de la empresa Sudamtex de Venezuela C.A., debido a la presunta omisión de los auxiliares de justicia, por consiguiente, el Juzgado competente para conocer la presente acción de amparo constitucional es el Tribunal que está conociendo la causa principal, así lo señaló esta Sala al determinar los criterios de competencia en materia de amparo constitucional, mediante decisión Nº 1 del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán). Así se declara.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado y declara competente al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional, para decidir la acción de amparo intentada el 10 de octubre de 2005, por los ciudadanos ROBERTO ROLFINI MAZZOCHI y CÉSAR A. VARGAS M.
Palabras clave
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