Sentencia N° 3103 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 3103, Exp. 01-1309, 03/12/2002
Expediente01-1309
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-03
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria del fallo dictado el 28 de octubre de 2002, en el que se declaró parcialmente con lugar la apelación del Colegio de Abogados del Distrito Capital. La solicitud de aclaratoria fue presentada por el Presidente del Colegio, quien cuestionó la capacidad del Tribunal Disciplinario para sancionar a no agremiados. La Sala destacó que, aunque los ciudadanos involucrados no eran colegiados, esto no los exime de la aplicación de la Ley de Abogados en cuanto al ejercicio ilegal de la profesión.

Extracto de la motiva

La norma jurídica antes transcrita, establece el derecho que tienen las partes de solicitar aclaratoria cuando consideren que existen puntos dudosos, o para salvar omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, o pedir ampliación la soliciten el “el día publicado o en el día siguiente” del mencionado fallo. Respecto a la oportunidad en la que fue planteada la solicitud de aclaratoria por el Presidente del Colegio de Abogados del Distrito Capital, se observa que en el caso de autos, el fallo del cual se solicita aclaratoria fue publicado el 28 de octubre de 2002, y la respectiva petición fue ejercida al día siguiente, por lo que la misma fue interpuesta de manera oportuna, razón por la cual esta Sala entrara a conocer y decidir sobre la referida solicitud, y así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria interpuesta por el PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL DISTRITO CAPITAL, de la sentencia que dictó esta Sala el 28 de octubre de 2002. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

aclaratoriaejercicio ilegalabogadosprocedimiento administrativoLey de Abogadostribunal disciplinarioderechoapelación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca