Sentencia N° 295 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 295, Exp. 10-0763, 16/03/2011
Expediente10-0763
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-03-16
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia N° 368 dictada por la Sala de Casación Social, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por MCL CONTROL, S.A. y PDVSA PETRÓLEO Y GAS, S.A. La revisión se fundamentó en alegaciones de violaciones a principios de seguridad jurídica y tutela judicial efectiva. La Sala Constitucional determinó que no había lugar a la revisión, ya que la decisión de la Sala de Casación Social no contradecía la Constitución ni la jurisprudencia vinculante, y se observó que la sentencia recurrida había aplicado correctamente la carga de la prueba y los criterios jurisprudenciales establecidos.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Quien recurre, denuncia que la sentencia recurrida incurrió en una errónea subsunción de los hechos fácticos presentados en el juicio a los hechos tipificados en la norma que se delata infringida por falsa aplicación, esto es, el artículo 560 de la Ley Orgánica del Trabajo, pues a pesar de que la sentencia de alzada parte de la premisa, de que al concurrir alguna de las circunstancias eximentes de responsabilidad contempladas en el artículo 563 eiusdem, el patrono no está en la obligación de responder por las indemnizaciones derivadas de un accidente de trabajo, y a pesar de que quedó demostrado con las declaraciones de los testigos promovidos por la codemandada MCL Control, S.A. que el accidente se debió a la conducta de la víctima, como así lo hace constar la propia recurrida al folio 1185 de la 3° pieza del expediente, sin embargo, condenó a las empresas codemandadas a cancelar las indemnizaciones por el accidente sufrido como si se tratara de un accidente de trabajo, ignorando que ciertamente había concurrido en el presente caso una de las circunstancias eximentes de responsabilidad prevista en el artículo 563 de la Ley Orgánica del Trabajo, norma que la recurrida dejó de aplicar desechando la eximente prevista por el literal ‘a)’ de dicho artículo, a pesar de que el accidente había sido provocado por la víctima hoy demandante, quien realizó en forma voluntaria e irresponsable un acto inseguro que le ocasionó la pérdida de su mano izquierda, hecho culpable de tal gravedad que hacía procedente la eximente de responsabilidad alegada y probada en autos.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por MCL CONTROL, S.A., y PDVSA PETRÓLEO Y GAS, S.A., contra de la sentencia N° 368, dictada el 21 de abril de 2010, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

revisiónsentencialaboralindemnizaciónresponsabilidad

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