Sentencia N° 268 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0268, Exp. 24-0623, 06/03/2025
Expediente24-0623
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Michel Lepinoux Chupeau, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TMV Almacenadora C.A., contra la decisión del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. La decisión apelada había declarado con lugar la acción de amparo, pero se determinó que no se agotaron los recursos ordinarios previos, lo que llevó a la inadmisibilidad del amparo. La Sala también revoca la decisión anterior del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Extracto de la motiva
Bajo este marco referencial, conviene acotar que la violación o amenaza de violación de derechos fundamentales, el urgente restablecimiento de la situación jurídica infringida, la eventual irreparabilidad del daño y la circunstancial inidoneidad e ineficacia de las vías, medios o recursos judiciales preexistentes (ordinarios o extraordinarios) en un caso concreto, son circunstancias determinantes de la admisibilidad y procedencia de una demanda de amparo, por lo que se puede inferir que corresponde al supuesto agraviado la puesta en evidencia en el escrito continente de su demanda las circunstancias que justifican el uso de esta vía especial de tutela de derechos constitucionales, de lo cual dependerá, en gran medida, el éxito de su pretensión. Acogiendo y aplicando los razonamientos ut supra explanados al caso examinado, se aprecia que en el escrito contentivo de la pretensión de tutela esgrimida por el representante judicial de la sociedad mercantil TMV Almacenadora C.A., se sostienen delaciones respecto al mérito de un dictamen judicial en el que se estimó procedente homologar el convenimiento presentado por la parte demandada en el juicio que por cobro de bolívares instaurara la sociedad mercantil Agropecuaria Barrancoso C.A.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Rafael Arturo González Rivas, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Agropecuaria Barrancoso C.A., contra la decisión dictada el 6 de mayo de 2024 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con ocasión a la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Michel Lepinaoux Chupeau, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TMV Almacenadora C.A., contra la decisión dictada el 12 de diciembre de 2023 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada el 6 de mayo de 2024. TERCERO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Michel Lepinoux Chupeau.