Sentencia N° 260 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 260, Exp. 10-0050, 16/04/2010
Expediente10-0050
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-04-16
DecisiónImprocedente
Resumen
La ciudadana Soraya González Moret interpuso una acción de amparo constitucional contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo que declaró sin lugar su apelación sobre la calificación de despido. La Sala Constitucional del TSJ, presidida por la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, analizó la competencia y la admisibilidad de la acción, concluyendo que no se evidenciaron violaciones constitucionales en la decisión impugnada. Finalmente, se declaró improcedente la acción de amparo, confirmando la decisión del juzgado inferior.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el amparo constitucional fue interpuesto contra el fallo dictado el 18 de marzo de 2009, por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la apelación ejercida por la parte actora, ciudadana Soraya González Moret contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, el 2 de junio de 2008; confirmó el fallo apelado que declaró sin lugar la calificación de despido incoada por la hoy accionante contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.; condenó en costas a la parte demandante y, ordenó la notificación a la Procuraduría General de la República.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, reproduce el fallo cuyo dispositivo fue dictado por el Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, el 24 de octubre de 2008, en consecuencia, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por la abogado YARILLIS VIVAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha dos (02) y publicada en fecha nueve (09) de Junio de 2008, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo ello en virtud de la demanda que por Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoara la ciudadana SORAYA GONZALEZ MORET contra la empresa BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C. A. SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada en fecha dos (02) y publicada en fecha nueve (09) de Junio de 2008, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se condena en costas del recurso de apelación a la parte demandante conforme al artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: Se ordena la notificación por oficio del Procurador General de la República con inserción de copia certificada de la sentencia, conforme el artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia, se ordena la suspensión de la causa, hasta un lapso de 30 días continuos siguientes a la certificación por Secretaría de la consignación de la notificación en el expediente.