Sentencia N° 2538 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de noviembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2538, Exp. 04-0170, 08/11/2004
Expediente04-0170
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-11-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió el amparo constitucional interpuesto por Jesús María Cánchica Bustamante, curador de la herencia yacente de Gonzala Lourdes Valdes Sequeira, contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero que había declarado improcedente la solicitud de herencia. La Sala encontró que la decisión del tribunal inferior no se ajustó a los argumentos presentados en apelación, incurriendo en un vicio de inmotivación al no pronunciarse sobre la prescripción del derecho de las intervinientes y la falta de cualidad del curador para actuar en el proceso. Por lo tanto, se declaró con lugar el amparo, anulando la sentencia impugnada y ordenando que un nuevo juzgado se pronuncie sobre la apelación.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar la situación planteada, considera que el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al dictar la sentencia impugnada, no se pronunció sobre los argumentos planteados en la apelación, lo que constituye un vicio de inmotivación. En este sentido, se establece que la falta de pronunciamiento sobre la prescripción del derecho de las intervinientes y la falta de cualidad del curador para interponer el amparo, vulnera el derecho al debido proceso y a la defensa. Por lo tanto, se concluye que es procedente declarar con lugar la acción de amparo y anular la sentencia dictada el 12 de noviembre de 2003, reponiendo la causa al estado de que un nuevo Juzgado Superior competente se pronuncie sobre la apelación ejercida.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado José María Cánchica Bustamante, actuando con el carácter de curador designado de la herencia yacente de la fenecida ciudadana Gonzala Lourdes Valdes Sequeira, contra la sentencia dictada el 12 de noviembre de 2003, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual anula y repone la causa principal al estado de que un nuevo Juzgado Superior con competencia en la materia, previa distribución, se pronuncie sobre la apelación ejercida.
Palabras clave
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