Sentencia N° 2387 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2387, Exp. 07-1428, 19/12/2007
Expediente07-1428
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado José Antonio Anzola Crespo en representación de Lenin José Colmenares Leal, debido a la falta de un poder que acredite la representación. La Sala también determina que la sentencia objeto de revisión, dictada por el Tribunal Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, no contraviene la jurisprudencia establecida y que la inconformidad con el fallo no justifica la revisión constitucional. Finalmente, se declara que la solicitud de revisión no se ajusta a los fines de la potestad extraordinaria de revisión constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala ha sostenido en casos anteriores que la labor tuitiva del Texto Constitucional mediante la revisión extraordinaria de sentencias no se cristaliza de forma similar a la establecida para los recursos de gravamen o impugnación, diseñados para cuestionar la sentencia, para ese entonces, definitiva. De este modo, el hecho configurador de la revisión extraordinaria no es el mero perjuicio, sino que, además, se verifique un desconocimiento absoluto de algún precedente dictado por esta Sala, la indebida aplicación de una norma constitucional, un error grotesco en su interpretación o, sencillamente, su falta de aplicación, lo cual se justifica en el hecho de que en los recursos de gravamen o de impugnación existe una presunción de que los jueces en su actividad jurisdiccional, actúan como garantes primigenios de la Carta Magna. De tal manera que, sólo cuando esa presunción logra ser desvirtuada es que procede, la revisión de la sentencia.

Dispositiva

1.- INADMISIBLE la solicitud de revisión propuesta por el abogado JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO en representación del ciudadano LENIN JOSÉ COLMENARES LEAL. 2.- NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 5 de junio de 2007.

Palabras clave

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