Sentencia N° 2362 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2362, Exp. 04-2383, 19/12/2007
Expediente04-2383
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por Zaddy Rivas Salazar en representación del Banco del Caroní C.A. La decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo fue confirmada, argumentando que la parte accionante no presentó la copia certificada del auto recurrido en la audiencia pública, lo que generó la inadmisibilidad de la acción. La Sala destacó que la falta de consignación de este documento es un requisito esencial para la procedencia del amparo constitucional.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el caso, determinó que la acción de amparo era inadmisible debido a la falta de presentación de la copia certificada del auto recurrido en la audiencia pública. Se enfatizó que esta formalidad es de obligatoria observancia, y su incumplimiento justifica la inadmisibilidad de la acción. La Sala también hizo referencia a la jurisprudencia establecida en casos anteriores, donde se ha reiterado la importancia de cumplir con los requisitos formales para la procedencia del amparo. En consecuencia, se confirmó la decisión del tribunal inferior, desestimando la pretensión de amparo por inepta acumulación de pretensiones.
Dispositiva
Por lo expuesto, se declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por Zaddy Rivas Salazar en representación del Banco del Caroní C.A., confirmando la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que declaró inadmisible la acción por falta de presentación de la copia certificada del auto recurrido.