Sentencia N° 2316 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2316, Exp. 00-2965, 18/12/2007
Expediente00-2965
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado Javier José Cardozo Rodríguez en representación de varios ciudadanos, quienes impugnaban una decisión del Juzgado Superior del Tránsito y Trabajo de Zulia. La solicitud se fundamentaba en la alegación de que se habían vulnerado derechos laborales fundamentales de los trabajadores del Plan Bolívar 2000 de CORPOZULIA. La Sala argumenta que la revisión no puede ser considerada como una nueva instancia y que el solicitante no presentó la documentación necesaria para sustentar su petición.
Extracto de la motiva
Una vez asumida la competencia, esta Sala reitera que la facultad revisora, otorgada en la Carta Magna de 1999, tiene la finalidad de garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales, y en ningún momento debe ser considerada como una nueva instancia debido a que sólo procede en los casos de sentencias definitivamente firmes. Esa revisión constitucional la ejerce esta Sala de manera facultativa, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Por ello, se encuentra en la obligación de considerar todos y cada uno de los fallos que son remitidos para su revisión, pero no de concederla y realizarla, por lo que su negativa no puede, en caso alguno, constituir violación del derecho a la defensa y al debido proceso de las partes.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión presentada por el abogado Javier José Cardozo Rodríguez, “en representación” de los ciudadanos MARIANO JOSÉ PIÑANGO MORÁN, LUIS ALFONSO PEROZO SÁNCHEZ, HENRY CANDELARIO ZERPA SANDREA Y NEURO ENRIQUE GONZÁLEZ FEREIRA; quienes a su vez “representan” a los ciudadanos Ángela Fereira, Nelva Linares, Sonia Paredes, Jhonny Pérez y otros, de la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 16 de octubre de 2000.