Sentencia N° 2285 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2285, Exp. 07-1310, 18/12/2007
Expediente07-1310
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Yamil Mahomed Valdes, actuando en nombre de Alejandro Ramírez Saavedra, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala argumentó que el agraviado no agotó el recurso de control de legalidad, lo que constituye una causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos procesales necesarios para la admisión del amparo.

Extracto de la motiva

Examinados los argumentos vertidos por el accionante, así como los recaudos que acompañan la solicitud de tutela constitucional, esta Sala para decidir observa: El actor denuncia que los actos jurisdiccionales dictados por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 14 de noviembre de 2006, 10 de enero de 2007, 23 de marzo de 2007 y, consecuencialmente, la sentencia definitiva dictada el 28 de febrero de 2007, lesionaron sus derechos constitucionales de acceso a la jurisdicción, al debido proceso y a la defensa, amparados por los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por su parte la primera instancia constitucional juzgó inadmisible la pretensión de tutela constitucional empleando dos razonamientos: (i) respecto de la impugnación de la decisión de fondo, esto es, la dictada por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 28 de febrero de 2007, cabía el ejercicio del recurso de casación, conforme a la prescripción contenida en el artículo 337 del Código de Procedimiento Civil, argumento que permite inferir a la Sala la existencia de la causal de inadmisibilidad contenida en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y (ii) en lo relativo a la “(...) lesión que presuntamente pudo haber tenido a causa de las actuaciones del tribunal de la causa al notificar al accionante mediante la fijación de un cartel en el cartelera del tribunal, fueron consentidas tácitamente por el mismo (...)”, declaró su caducidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica antes mencionada.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Yamil Mahomed Valdes, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALEJANDRO RAMÍREZ SAAVEDRA, ya identificados, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua el 15 de agosto de 2007, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por el precitado ciudadano contra los actos jurisdiccionales del 14 de noviembre de 2006, 10 de enero de 2007 y 23 de marzo de 2007 y la sentencia dictada el 28 de febrero de 2007 por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el marco del juicio de invalidación seguido por el precitado ciudadano contra la decisión proferida por el citado órgano jurisdiccional el 6 de abril de 2004, que declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por los ciudadanos Carlos Francisco Colmenares Salazar y César Alberto Caraballo Contreras contra la sociedad mercantil Hidros, C.A. y el ciudadano Alejandro Ramírez Saavedra, la cual se CONFIRMA con las motivaciones expuestas en el presente fallo.

Palabras clave

amparo constitucionaldebido procesonotificaciónjurisdiccióntutela judicialsentencia laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca