Sentencia N° 2229 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2229, Exp. 06-0915, 12/12/2006
Expediente06-0915
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-12
DecisiónParcialmente ha lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia que declaró con lugar la prescripción de la acción interpuesta por Gerardo Antonio Pirela Cardozo contra CANTV. La Sala encontró que el juzgado no tomó en cuenta las solicitudes de cobro de diferencias de prestaciones sociales y ajuste de pensión de jubilación, creando un estado de indefensión para el actor. La Sala declaró parcialmente con lugar la revisión, anulando la parte de la sentencia que declaró la prescripción del ajuste de pensión de jubilación y ordenó la reposición de la causa para que se pronuncie sobre este ajuste.

Extracto de la motiva

El 15 de junio de 2006, la representación judicial del ciudadano Gerardo Antonio Pirela Cardozo solicitó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 336 cardinal 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la revisión de la sentencia dictada el 25 de abril de 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró con lugar la defensa de prescripción de la acción, y, sin lugar la demanda intentada por el hoy solicitante, contra la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, por cobro de diferencia de prestaciones sociales y ajuste de la pensión de jubilación. Denunció, la representación judicial del solicitante la violación del derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en el artículo 49 Constitucional. Antes de proceder a pronunciarse acerca de la solicitud de revisión efectuada, la Sala debe insistir en que esta potestad revisora, que le ha sido otorgada por la Constitución y ratificada por la reciente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, tiene por finalidad garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales, siendo siempre facultativo de ésta su procedencia, sin que pueda entenderse como una nueva instancia. Observa la Sala que los hechos que conllevan al solicitante a ejercer el presente recurso de revisión, son los siguientes: Que, en la sentencia objeto de revisión, el juzgado de la causa no tomó en cuenta las solicitudes formuladas, esto es, el cobro de diferencia de prestaciones sociales y el ajuste de la pensión de jubilación, conceptos totalmente distintos. Que, la referida situación creó un estado de indefensión al actor, “...al NO hacer el análisis sobre la procedencia del ajuste de Pensión de Jubilación Especial solicitada QUE NO ESTABA PRESCRITA...”, vulnerando con ello el contenido del artículo 10 de la Ley Orgánica del Trabajo, que consagra el carácter de orden público y aplicación territorial de la ley.

Dispositiva

PRIMERO: PARCIALMENTE HA LUGAR a la solicitud de revisión formulada por los abogados Francis Rivas Valecillos y Alberto Rivas Acuña, procediendo en su carácter de representante judicial del ciudadano GERARDO ANTONIO PIRELA CARDOZO, ya identificados, contra la sentencia del 25 de abril de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró la prescripción de la acción interpuesta por el solicitante contra la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV). SEGUNDO: ANULA parcialmente la sentencia objeto de revisión, dictada el 25 de abril de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. TERCERO: ORDENA reponer la causa al estado en que el órgano jurisdiccional al que corresponda conocer de la causa en primera instancia, se pronuncie al fondo del asunto, sólo en lo referido al ajuste del beneficio de jubilación reclamado por la parte actora en el juicio principal.

Palabras clave

revisiónprescripciónprestaciones socialespensión de jubilaciónderecho a la defensadebido procesotrabajoCANTV

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