Sentencia N° 2219 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de septiembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2219, Exp. 02-0912, 20/09/2002
Expediente02-0912
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2002-09-20
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Sala de Casación Social que declaró perecido un recurso de casación interpuesto por Seguros La Seguridad C.A. La revisión se fundamentó en alegaciones de violaciones a derechos constitucionales, específicamente a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. La Sala concluyó que no se evidenció una violación flagrante de los derechos constitucionales denunciados y que la revisión no atendía a la verdadera finalidad de la facultad otorgada por la Constitución.
Extracto de la motiva
La decisión objeto de la presente revisión fue dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 13 de noviembre de 2001, la cual declaró perecido el recurso de casación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas el 25 de abril de 1995, y sin lugar el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial el 25 de abril de 2001. En este sentido, dicha decisión estableció que el recurrente incurrió en una inadecuada técnica de formalización al mezclar denuncias por defecto de actividad con denuncias por infracción de ley e infracción de normas constitucionales. Que de la denuncia se desprenden delaciones por error de interpretación, violación del derecho a la defensa, así como normas sobre el establecimiento de los hechos e infracciones de los preceptos establecidos en la Carta Magna, y que no es competencia de dicha Sala de Casación Social revisar las violaciones de los preceptos constitucionales, toda vez que ésta es materia exclusiva de la Sala Constitucional.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la revisión solicitada por SEGUROS LA SEGURIDAD C.A., de la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 13 de noviembre de 2001.