Sentencia N° 2217 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2217, Exp. 06-1496, 07/12/2006
Expediente06-1496
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por René Meza Díaz contra la sentencia de la Sala de Casación Social. El solicitante argumentó que la sentencia impugnada violó sus derechos laborales y constitucionales, al declarar la prescripción de su acción laboral sin resolver el fondo del asunto. Sin embargo, la Sala determinó que la solicitud era inadmisible por no acompañarse de la copia certificada de la decisión impugnada, requisito esencial para su examen.
Extracto de la motiva
La Sala observa: El artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo establece que la prescripción de las acciones provenientes de la relación laboral se interrumpe por la introducción de una demanda judicial siempre que se cite o notifique al demandado antes de la expiración del lapso de prescripción (un año según artículo 61 eiusdem) o dentro de los dos meses siguientes. En el caso concreto, la relación laboral terminó el 30 de junio de 2001, la demanda se interpuso el 9 de abril de 2002, se notificó al Procurador General de la República el 30 de mayo de 2002 y se citó por carteles a la demandada el 10 de junio del mismo año, estando suspendido el proceso por aplicación del artículo 94 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. La citación por carteles realizada cumplió el fin al cual estaba destinada que era dar aviso al demandado de la demanda interpuesta en su contra aunque estuviera suspendido el proceso, pues la suspensión interrumpe los lapsos procesales pero no impide el efecto civil de interrupción de la prescripción previsto en la Ley Orgánica del Trabajo y en el Código Civil, razón por la cual, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo sí se interrumpió la prescripción y por tanto la alzada incurrió en falsa aplicación del artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo y falta de aplicación de los artículos 64 eiusdem y 1.969 del Código Civil.
Dispositiva
Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional intentada por el ciudadano Rene Meza Díaz, asistido por el abogado Omar J. Alvarado M., contra la sentencia dictada el 30 de marzo de 2006, por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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