Sentencia N° 2118 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2118, Exp. 03-0173, 06/08/2003
Expediente03-0173
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por HÉCTOR JHONNY DUARTE PINEDA contra el Presidente de la República, alegando violaciones a sus derechos constitucionales debido a un paro laboral. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y analizó la admisibilidad de la acción. Se concluyó que la solicitud de amparo era inadmisible, ya que los hechos denunciados no correspondían al Presidente como presunto agraviante y se evidenció la cesación de la violación alegada.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la solicitud de amparo constitucional interpuesta, ha sido dirigida contra una autoridad de las previstas en el mencionado artículo 8, esto es, contra el ciudadano HUGO RAFAEL CHÁVEZ, en su condición de Presidente de la República, por lo que esta Sala se declara competente para conocer del presente amparo constitucional, y así se decide. Igualmente, se observa que se produjo la cesación de la presunta violación denunciada, toda que es notoria la producción de bienes y servicios en el país y el funcionamiento de sus empresas petroleras, por lo que no existiendo en autos prueba de la actualidad y permanencia de los hechos lesivos en que se basó el accionante para solicitar el presente amparo, la Sala declara inadmisible el amparo ejercido, a tenor de lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 6 transcrito.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano HÉCTOR JHONNY DUARTE PINEDA contra el Presidente de la República. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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