Sentencia N° 2058 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de noviembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2058, Exp. 07-1262, 05/11/2007
Expediente07-1262
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-11-05
DecisiónNo ha lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró no ha lugar la solicitud de revisión presentada por los abogados en representación de varios ciudadanos contra la sentencia de la Sala de Casación Social que había declarado con lugar un recurso de casación. La parte solicitante argumentó que la sentencia impugnada infringió varios artículos de la Constitución y que no se atendió a lo alegado y probado en el proceso. Sin embargo, la Sala consideró que la revisión no constituye una nueva instancia y que las cuestiones planteadas no contribuirían a la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales.

Extracto de la motiva

La potestad de revisión consagrada en el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que puede ser ejercida por la Sala de manera discrecional, no debe ser entendida como una nueva instancia, puesto que su procedencia está limitada a los casos de sentencias definitivamente firmes, esto es, decisiones amparadas por el principio de la doble instancia judicial. Por otra parte, de acuerdo con lo señalado en ese mismo fallo, la Sala está facultada para desestimar la revisión sin motivación alguna, cuando considere que la decisión judicial que ha de revisarse, en nada contribuye a la uniformidad de la interpretación de normas y principios establecidos en el referido Texto Fundamental ni constituye una deliberada violación de sus preceptos.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por los abogados Ibeth del Valle Weky Guevara y Carlos Medina Meza, en representación de los ciudadanos FANNY CALDERÓN, ALEJANDRO JOAQUÍN CABRERA, NANCY JOSEFINA BRICEÑO, ARELIS DEL CARMEN GÓMEZ GRATEROL, WILLIAMS PIÑANGO PALACIOS, NATANAEL BORRERO RODRÍGUEZ, FEDERICO ANTONIO MORENO RAMÍREZ, OMAR JOSÉ SÁNCHEZ, MIGUEL ENRIQUE RONDÓN GONZÁLEZ, ALFREDO FRANCO MARCANO, VÍCTOR CHIRINOS MANRRUFO, JUAN BAUTISTA MARÍN, ALEXIS MEDIALDEA CANACHE, EFRAÍN GUILLÉN y ADSONI SALAZAR, de la sentencia Nº 0606 del 26 de marzo de 2007, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

revisiónsentencialaboralconstitucionalcasaciónderechosprestacionesrelación laboral

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