Sentencia N° 1999 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de julio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1999, Exp. 02-2159, 22/07/2003
Expediente02-2159
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-07-22
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la demanda de amparo interpuesta por José Gregorio Rico Graterol contra la decisión del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había declarado sin lugar la demanda de calificación de despido. La Sala fundamentó su decisión en que no se evidenció la vulneración de derechos constitucionales, ya que el juez de la causa actuó dentro de los parámetros legales y no se demostró la existencia de una relación laboral que justificara el amparo.

Extracto de la motiva

Para que el amparo proceda, es necesario que exista una infracción por acción u omisión a una norma constitucional, sea esta realizada mediante desconocimiento, mala praxis, o errada interpretación de normas legales o sub-legales, siempre que ella enerve el goce y ejercicio pleno de un derecho constitucional. Ahora bien, hay que distinguir entre la incorrecta aplicación de una norma, su omisión, o los errores en su interpretación, que se refieren a su actividad y entendimiento, de la infracción de un derecho o garantía constitucional. Estos no se ven -en principio- vulnerados, porque la norma deja de aplicarse, se aplica mal o se interpreta erradamente. Estos vicios, por sí mismos, no constituyen infracción constitucional alguna, y es del ámbito del juzgamiento de los jueces, corregir los quebrantamientos señalados, los cuales pueden producir nulidades o ser declarados sin lugar.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, in limine litis, la demanda de amparo que ejerció JOSÉ GREGORIO RICO GRATEROL contra la decisión que dictó, el 30 de mayo de 2002, el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos laboralesdebido procesocalificación de despidoCódigo de Procedimiento Civilvulneración de derechosrelación laboral

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