Sentencia N° 194 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de marzo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 194, Exp. 12-0395, 21/03/2014
Expediente12-0395
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-03-21
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de marzo de 2014, declaró NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Jesús Rafael León en representación de Ivor Abraham Idler Frontado. La revisión se centró en la sentencia N° 2011-0983 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que había declarado sin lugar un recurso contencioso administrativo funcionarial. La Sala concluyó que no se evidenció la existencia de vicios que justificaran la revisión, considerando que el cargo de Subsecretario era de libre nombramiento y remoción, y que el querellante no demostró ser un funcionario de carrera administrativa.
Extracto de la motiva
a que, salvo el error de razonamiento antes advertido, que en nada modifica o altera el veredicto definitivo adoptado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, no hay argumentos suficientes que justifiquen el ejercicio de la facultad de revisión, pues no se verificó el desconocimiento de algún precedente dictado con carácter vinculante en materia funcionarial por esta Sala Constitucional, ni la indebida aplicación de una norma o principio constitucional en la materia, o un error grave en su interpretación o falta de aplicación o la violación de algún derecho o garantía constitucional -conforme a la sentencia de esta Sala N° 325 del 30 de marzo de 2005, caso: “Alcido Pedro Ferreira y otros”-, motivos por los cuales esta Sala debe declarar no ha lugar la solicitud de revisión constitucional ejercida por el abogado Jesús Rafael León, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Ivor Abraham Idler Frontado, de la sentencia N° 2011-0983 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 22 de junio de 2011, y así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional ejercida por el abogado Jesús Rafael León, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano IVOR ABRAHAM IDLER FRONTADO, ya identificados, de la sentencia N° 2011-0983 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 22 de junio de 2011.