Sentencia N° 1908 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1908, Exp. 21-0510, 12/12/2023
Expediente21-0510
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Juzgado Segundo Superior que había declarado sin lugar un recurso de apelación interpuesto por la parte presuntamente agraviante. La Sala determinó que el Juzgado no tenía competencia para conocer del caso, ya que se trataba de un conflicto laboral que debía ser resuelto por los tribunales laborales. Se declaró con lugar la solicitud de revisión y se anuló la sentencia impugnada, ordenando que el caso sea remitido a un Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para su tramitación correspondiente. La decisión reafirma el derecho a ser juzgado por el juez natural y la protección de los derechos laborales.

Extracto de la motiva

motivación, la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la referida Circunscripción Judicial, del 9 de julio de 2021, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil Avon Cosmetics de Venezuela, C.A. (ahora VENOVU) contra la junta directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria y Comercio de Cosméticos, Perfumerías y Afines del Distrito Capital y estado Miranda (SITRAINCO), y los ciudadanos Ricardo del Mar Cabrera, Oscar Flores, Isbelca Pérez, Mónica Pulido, Kaique Muñoz, Mauricio Pinto y Josmel Quintero, como “miembros de la Junta Directiva de SITRAINCO”, José Amatima, Daniel Cabrera, Alexis Caraballo, Renee Carranza, Udelis García, Julio Lezama, Carlos Medina, Carlos Mendoza, Darlenys Monrroy, Rosa Oses, Angélica Osio, Carlos Pérez, Luis Rodríguez, Jamys Rondón, Yajaira Rosas y Angélica Silva, en su condición de trabajadores de la empresa Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., como resultado de la conducta inconstitucional “referente a la toma de las instalaciones industriales de la empresa AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A. (…), y la consecuente paralización de las actividades de la empresa”, ordenándose el restablecimiento inmediato de la situación jurídica infringida mediante el cese inmediato IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 38 de “la toma y ocupación de las instalaciones”, “del control de las puertas de acceso (entrada y salida)” y “de cualquier conducta que impida a los órganos, sus trabajadores, contratistas, proveedores y clientes [de] AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., el ingreso a las instalaciones de la empresa o la circulación por vías alternas o de emergencias”. El 13 de septiembre de 2021, se dio cuenta en Sala del presente expediente y se designó ponente al Magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos. El 15 de septiembre de 2021 se recibió vía correo electrónico de la Secretaría de la Sala, di

Dispositiva

Se ANULAN las sentencias dictadas por el Juzgado Segundo Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, sede en Guarenas, del 23 de agosto de 2021 y, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la referida Circunscripción Judicial, del 9 de julio de 2021. Se ORDENA la remisión de copia certificada de este fallo dictado en revisión, al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, sede en Guarenas, con orden de que remita el expediente contentivo de la causa principal de amparo, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, sede en Guarenas.

Palabras clave

revisión constitucionalamparo laboralderecho a la defensacompetencia judiciallibertad sindical

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