Sentencia N° 185 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de noviembre de 2020

TSJ/SC, Sent. N° 0185, Exp. 17-0394, 24/11/2020
Expediente17-0394
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2020-11-24
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La ciudadana María Teresa Castiglioni Asaro solicitó la revisión constitucional de la sentencia Nro. 0425 dictada por la Sala de Casación Social, que declaró sin lugar su recurso de casación. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos presentados, concluyó que la parte actora no demostró la responsabilidad subjetiva del patrono por infortunios laborales, lo que llevó a desestimar la solicitud de revisión. La decisión de la Sala de Casación Social fue confirmada, manteniendo la negativa a la solicitud de indemnización por enfermedad ocupacional.

Extracto de la motiva

motivación al silenciar la prueba marcada con la letra B (cuaderno de recaudos Nro. 3) forma 14-01 del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, incorporada a los autos por la demandada, que por el principio de comunidad de la prueba y de adquisición procesal, demostraba en favor de [su] representada que si bien el patrono cumplió con la obligación de inscribir a la trabajadora en el Seguro Social, incumplió gravemente su obligación cuando la retiró del sistema de seguridad social en fecha 28-02-2005, antes de la finalización de la relación de trabajo, ilícito patronal que indefectiblemente conducía, de haber sido apreciado el vicio, a condenar a la accionada al pago de la indemnización sancionada en el artículo 571 de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, dispositivo aplicable ratione tempore (sic)” (Corchetes de esta Sala). Que “[t]odos estos vicios fueron delatados y desestimados en el respectivo recurso de Casación (sic) interpuesto, dejando a la demandante sin la tutela judicial efectiva de obtener una indemnización IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 21

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión incoada por la ciudadana MARÍA TERESA CASTIGLIONI ASARO, asistida por la abogada Graciela García, ya identificadas, de la sentencia definitiva Nro. 0425 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia publicada en fecha 29 de junio de 2015.

Palabras clave

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