Sentencia N° 1848 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de noviembre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1848, Exp. 08-0796, 28/11/2008
Expediente08-0796
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por FORMACOL VENEZUELA C.A. contra el acto de juzgamiento del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala fundamenta su decisión en que la pretensión fue presentada fuera del lapso de caducidad establecido por la ley, ya que la acción fue interpuesta más de seis meses después del acto impugnado, lo que la hace inadmisible según el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

En el presente caso, no se observa que exista una vulneración de tal magnitud que desborde la esfera estrictamente subjetiva de las partes en el proceso que motivó el auto que se impugnó, sino, más bien, una negligencia de la parte actora, supuesta agraviada, en cuanto al momento cuando debió interponer su pretensión constitucional. En definitiva, no se vulneró, en el presente caso, el orden público en el sentido estricto a que se hizo referencia.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda de amparo que interpuso FORMACOL VENEZUELA C.A. contra el acto de juzgamiento que dictó el Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 19 de diciembre de 2006. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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