Sentencia N° 1826 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1826, Exp. 07-0824, 09/10/2007
Expediente07-0824
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-08-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de ciudadanos contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. La sentencia cuestionada había declarado con lugar una acción de amparo interpuesta por el Instituto de Vialidad y Transporte del Estado Aragua, lo que generó la controversia sobre la indeterminación de los solicitantes de despido masivo y la vulneración del derecho a la defensa. La Sala concluyó que la falta de precisión en la identificación de los solicitantes causó indefensión al accionante, lo que justificó la decisión de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala, en virtud de las consideraciones expuestas, avoca de oficio el expediente signado con el alfanumérico AP42-O-2007-000133 y ordena a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remitir el expediente en el término de un (1) día siguiente a su notificación. Así se decide. En consecuencia, se declara con lugar la acción de amparo interpuesta, confirmándose la medida provisionalísima o tutela anticipada acordada en fecha 21 de mayo de 2007, facultado quien decide en garantías de la tutela judicial efectiva consagrados en el artículo 26 del dispositivo constitucional y desarrollada por la Sentencia N°. 258 de fecha 23 de marzo de 2004, por la Sala Política Administrativa. Y así se decide.

Dispositiva

Se declara con lugar la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos José Agustín Melo Delgado, José Antonio Melo Sojo y otros, contra la decisión dictada el 6 de junio de 2007, por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central. Se confirma la medida provisionalísima o tutela anticipada acordada en fecha 21 de mayo de 2007.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensadespido masivoindeterminacióntutela judicial efectivaprocedimiento administrativo

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