Sentencia N° 1775 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1775, Exp. 06-1123, 05/10/2007
Expediente06-1123
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-10-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta por Pulcinella Ristorante, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto que había declarado improcedente la acción de amparo. La Sala consideró que no existía violación al derecho a la defensa ni al debido proceso, ya que la parte accionante no ejerció los recursos legales correspondientes en su momento. Además, se determinó que la acción de amparo no era admisible debido a que la infracción denunciada no afectaba el orden público ni los intereses generales.
Extracto de la motiva
Omissis...
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Santos Silva, en su carácter de apoderado judicial de PULCINELLA RISTORANTE C.A. contra la decisión dictada el 21 de junio de 2006, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente la acción de amparo constitucional. Se revoca la improcedencia de la presente acción de amparo declarada el 21 de junio de 2006, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en su lugar se declara su inadmisibilidad de conformidad con el numeral 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se confirma la condenatoria en costas efectuada por la primera instancia constitucional.
Palabras clave
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