Sentencia N° 1771 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de julio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1771, Exp. 01-1515, 02/07/2003
Expediente01-1515
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-07-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo relacionado con una acción de amparo. Los demandantes alegaron que la convocatoria a una audiencia para considerar su suspensión en el ejercicio de sus cargos violaba sus derechos a la defensa y al debido proceso, ya que no habían sido notificados de un procedimiento disciplinario. La Corte consultada declaró sin lugar la acción de amparo, argumentando que la audiencia no constituía una violación directa de derechos, ya que era un acto de trámite y no garantizaba la imposición de sanciones.

Extracto de la motiva

La celebración de una audiencia para considerar o determinar la procedencia o no de una suspensión de cargos constituía un posible hecho futuro cuya certeza no era la consecuencia necesaria de la actuación del Consejo Nacional de Universidades, lo que significaba que los derechos denunciados como amenazados de violación no eran consecuencia directa de la fijación de una audiencia por parte del referido Consejo, ya que la “suspensión” a la cual hacían referencia los accionantes en su escrito constituía la sanción aplicable, en caso de ser determinada y procedente, del procedimiento administrativo que se sigue para establecer la responsabilidad disciplinaria de los recurrentes, pudiendo resultar de dicho procedimiento la improcedencia de la sanción indicada.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión dictada el 30 de mayo de 2001 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar la acción de amparo ejercida por los abogados ANIBAL PERALES AGUILAR, FRANCISCO PERALES WILLS y ATILIO AGELVIZ ALARCÓN, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos FRANCISCO HERNÁNDEZ, RAFAEL TEODORA ESPAÑA, SIMÓN BRAVO PLANA, VÍCTOR SÁNCHEZ MANZANO, ISABELIA MANRIQUE DE FREITES y MAGALI AMARISTA, contra las actuaciones emanadas del Consejo Nacional de Universidades.

Palabras clave

acción de amparoderecho a la defensadebido procesosuspensión de cargosConsejo Nacional de UniversidadesLey de Universidadesaudienciaprocedimiento administrativo

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