Sentencia N° 1738 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de noviembre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1738, Exp. 11-1237, 16/11/2011
Expediente11-1237
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2011-11-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de amparo interpuesta por Aldemaro José Mata Rincones contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que había declarado sin lugar la demanda por resolución de contrato de arrendamiento. La Sala consideró que el Juzgado de la causa desobedeció un mandato constitucional previo, lo que llevó a declarar nula la sentencia apelada y a reponer la causa al estado de que se dicte nueva sentencia, acatando la decisión del amparo constitucional anterior.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE la demanda de amparo que incoó ALDEMARO JOSÉ MATA RINCONES, actuando en su propio nombre, con la asistencia del abogado Jesús Leonardo Quintero contra la decisión que emitió el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el 16 de junio de 2011, que declaró sin lugar la demanda por resolución de contrato de arrendamiento que incoaron contra los ciudadanos Luisa Mercedes Cecin de Delgado, Luis Brito y Manuel Domínguez e, INADMITE la pretensión de amparo que incoó en representación de los ciudadanos MANUEL MATA LISARDI y ESTÍLITA RINCONES DE MATA. ORDENA: Notificar esta decisión al Juez del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, notificación que deberá acompañarse con copia de esta decisión y del escrito continente de la demanda de amparo, con la información de que podrá hacerse presente en la audiencia pública, cuyo día y hora serán fijados por la Secretaría de la Sala, para que exponga lo que estime pertinente acerca de la demanda de amparo constitucional a que se contraen las presentes actuaciones. Se le advertirá al notificado que su ausencia no será entendida como aceptación de los hechos que se le imputaron.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas conforme a las normas supra citadas y de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las Abogadas en ejercicio GRICELDYS CARAMELO BARROW CASTELLÍN e INÉS MARTÍNEZ HIGUEREY, en su caracteres de apoderadas judiciales de la parte demandada ciudadanas LUISA MERCEDES CESIN DELGADO, MANUEL DOMÍNGUEZ y LUIS BRITO, supra identificadas, en la presente causa que versa sobre RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS y que incoara en su contra el ciudadano ALDEMARO JOSÉ MATA RINCONES, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos MANUEL MATA LISARDI y ESTILITA RINCONES DE MATA. En consecuencia se declara NULA la sentencia de fecha 05 de Abril de 2011, emitida por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y se REPONE la presente causa al estado de que el Tribunal de Municipio que por distribución resulte competente dicte nueva sentencia, acatando la decisión dictada por este Tribunal en el amparo constitucional de fecha 20 de Agosto de 2010, que cursa en copias certificadas en las actas procesales.

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