Sentencia N° 1719 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de agosto de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1719, Exp. 07-0982, 08/08/2007
Expediente07-0982
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-08-08
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, decidió sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada el 6 de julio de 2006 por el Tribunal Superior Cuarto del Trabajo. La sentencia original había declarado sin lugar un recurso de apelación y confirmado una decisión anterior, condenando en costas a la parte recurrente. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos presentados, concluyó que no existían infracciones grotescas ni violaciones a principios constitucionales en la decisión impugnada.
Extracto de la motiva
La Sala precisa que la revisión no constituye una tercera instancia, ni un medio judicial ordinario, sino una potestad extraordinaria, excepcional y discrecional de esta Sala Constitucional con el objeto de unificar criterios constitucionales, para garantizar con ello la supremacía y eficacia de las normas y principios constitucionales, lo cual generaría seguridad jurídica, y no para la defensa de los derechos subjetivos e intereses del solicitante.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Ovidio Dejesús Estrada, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil IMGEVE, C.A.