Sentencia N° 1671 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1671, Exp. 06-0573, 03/10/2006
Expediente06-0573
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de octubre de 2006, rechazó la solicitud de revisión interpuesta por miembros de la Comisión Electoral Principal de CASEP contra una sentencia de la Sala Electoral que había declarado con lugar un recurso contencioso electoral. La Sala Constitucional argumentó que la revisión no constituye una nueva instancia y que el fallo impugnado no contradecía la Constitución ni contenía errores grotescos en su interpretación.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por los ciudadanos Pedro Colina, Eva Guarate, Juan Ortiz, Benjamín Lamus, Efraín Piñerua, Alicia Gualdrón y Daniel Palma, actuando en su carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de CASEP, asistidos por el abogado Jorge Gómez Mantellini, contra la sentencia dictada por la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se declaró con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Saúl Castellanos, Ender Molina, Alexis Borges, Luis Blanco, William Sandoval y Ramón Palencia, actuando en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro Sector Empleados Público del MINFRA, MARN, JUBILADOS DEL INOS, INPARQUES, FEA, ICLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN Y SUS FILIALES, SETRA, IGVSB, (CASEP).
Dispositiva
Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por los ciudadanos Pedro Colina, Eva Guarate, Juan Ortiz, Benjamín Lamus, Efraín Piñerua, Alicia Gualdrón y Daniel Palma, actuando en su carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de CASEP, asistidos por el abogado Jorge Gómez Mantellini, contra la sentencia dictada por la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se declaró con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Saúl Castellanos, Ender Molina, Alexis Borges, Luis Blanco, William Sandoval y Ramón Palencia, actuando en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro Sector Empleados Público del MINFRA, MARN, JUBILADOS DEL INOS, INPARQUES, FEA, ICLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN Y SUS FILIALES, SETRA, IGVSB, (CASEP).
Palabras clave
revisión constitucionalsentencia electoralinelegibilidadCaja de Ahorroderecho a la participación políticaprincipios constitucionales