Sentencia N° 1660 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1660, Exp. 12-0810, 06/12/2012
Expediente12-0810
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de diciembre de 2012, revisó la sentencia dictada el 24 de marzo de 2011 por el Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalía, que había declarado con lugar la demanda de resolución de contrato de arrendamiento interpuesta por Francesco Latini y Francesca Di Berardino contra La Gran Premiata C.A. La revisión se fundamentó en la falta de defensa adecuada por parte del defensor 'ad litem', quien no cumplió con sus deberes, dejando a la demandada en estado de indefensión.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que al solicitante en revisión le asiste la razón, porque luego de efectuar la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, así como de la copia certificada de la decisión cuestionada que corre inserta al folio ciento treinta y seis (136) del mismo, se evidencia que el defensor “ad litem” no cumplió con la representación que le atribuye la ley. Solo se limitó a dar contestación a la demanda sin presentar prueba alguna a su favor o realizar alguna otra actuación atinente a la defensa de los intereses de la demandada La Gran Premiata C.A.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: HA LUGAR la revisión de la decisión dictada el 24 de marzo de 2011, por el Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, solicitada por los abogados Cristy Aime Pérez Benavidez y Roseliano de Jesús Perdomo Suárez, actuando como apoderados judiciales de LA GRAN PREMIATA C.A. En consecuencia: 1).- Se declara la NULIDAD de dicha sentencia, así como también de los actos procesales tendentes a la ejecución o materialización del fallo anulado. 2).- Se REPONE la causa al estado de que se cite a la solicitante de revisión o sus apoderados judiciales respecto de la demanda que por resolución de contrato de arrendamiento instauraron los ciudadanos Francesco Latini y Francesca Di Berardino, en su contra. 3).-ORDENA remitir copia de la presente decisión al Colegio de Abogados del Estado Portuguesa, a los fines de que un Tribunal Disciplinario investigue los aspectos disciplinarios correspondientes a la actuación de abogado Jesús Arquimar Rojas Núñez, como defensor “ad litem” en la causa seguida por los ciudadanos Francesco Latini y Francesca Di Berardino contra La Gran Premiata C.A, por resolución de contrato de arrendamiento.
Palabras clave
defensor ad litemtutela judicialdebido procesoderecho de defensaCódigo de Procedimiento Civilsentencia vinculanteindefensión