Sentencia N° 1658 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1658, Exp. 13-0842, 20/11/2013
Expediente13-0842
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 2013-0232, declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Consejo Nacional Electoral, contra la Superintendencia de Cajas de Ahorro. La Corte consideró que se vulneraron los derechos a la defensa y al debido proceso del ciudadano Iomar Alberto Carreño López, quien fue separado de su cargo sin haber tenido acceso al informe definitivo de la intervención administrativa. La decisión resalta la importancia de garantizar el derecho a la defensa en procedimientos administrativos, especialmente en casos que afectan derechos fundamentales de los asociados.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, destacó que el derecho a la defensa y el debido proceso son garantías fundamentales que deben ser respetadas en todo procedimiento administrativo. En este caso, se evidenció que el ciudadano Iomar Alberto Carreño López no tuvo acceso al informe definitivo que justificaba su exclusión, lo que constituyó una violación a sus derechos. La Corte enfatizó que cualquier convocatoria a asamblea para discutir el informe debe garantizar la oportunidad de defensa de los afectados, asegurando así el cumplimiento de las normas constitucionales y legales que rigen la materia.
Dispositiva
Se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Antonio José Barrios Abad, actuando en su carácter de apoderado judicial de la CAJA DE AHORRO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (C.A.P.S.E.O.J.), contra la sentencia número 2013-0232 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 21 de marzo de 2013. Se ordena el cese de los efectos de la medida decretada el 24 de agosto de 2012.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesoSuperintendencia de Cajas de AhorroCaja de Ahorro y Previsión Social