Sentencia N° 1633 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1633, Exp. 12-0978, 05/12/2012
Expediente12-0978
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-05
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de diciembre de 2012, declaró no ha lugar la solicitud de revisión constitucional interpuesta por José Concepción Bustamante Guerrero, quien alegaba violaciones a sus derechos a la defensa y al debido proceso en la sentencia N° 1451 de la Sala de Casación Social. La Sala consideró que no existía un error grotesco en la interpretación de la norma y que la valoración probatoria realizada por la Sala de Casación Social era adecuada, determinando que no había relación laboral entre el solicitante y las empresas demandadas, sino un vínculo mercantil.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de revisión, reiteró que la discrecionalidad en la revisión no debe ser entendida como una nueva instancia, y que la inconformidad con el fallo no justifica la revisión constitucional. Se enfatizó que la revisión se admite solo para preservar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales. En este caso, la Sala de Casación Social había actuado dentro de su competencia y no se evidenció un error en la interpretación de la norma que justificara la revisión.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la decisión núm. 1451, publicada el 10 de julio de 2007, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el ciudadano JOSÉ CONCEPCIÓN BUSTAMANTE GUERRERO, asistido de abogado. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
carga de la pruebatutela judicial efectivadebido procesorelación laboralpruebassentenciaderechosjusticia