Sentencia N° 1628 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1628, Exp. 15-1127, 10/12/2015
Expediente15-1127
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia número 0196 dictada por la Sala de Casación Social, que declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por Julio César Flores Silva. La revisión se centró en la alegación de falta de cualidad del demandado, Víctor Manuel Uzcátegui Márquez, quien era director gerente de la empresa demandada. La parte solicitante argumentó que su condición de propietario del 50% del capital social le confería legitimación para actuar en juicio.
Extracto de la motiva
Una vez analizado el escrito contentivo de la solicitud de revisión y las actas que constan en el expediente, esta Sala observa lo siguiente: En forma previa, es preciso destacar que la revisión a que hace referencia el cardinal 10 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es facultativa de esta Sala Constitucional; de allí que la misma se puede desestimar sin motivación alguna cuando se considere que el examen del fallo en nada contribuye con la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales (véase sentencia número 93 del 6 de febrero de 2001, caso: Corpoturismo). Por otra parte, debe señalarse que la revisión tampoco puede ser entendida como una nueva instancia, ya que sólo procede cuando la sentencia objeto de examen ha agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la ley. En el caso de autos, se solicitó la revisión de la sentencia número 0196 dictada el 8 de abril de 2013 por la Sala de Casación Social de este máximo Tribunal Supremo de Justicia, que declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Julio César Flores Silva contra la sentencia dictada el 14 de febrero de 2014 por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anuló la misma, declaró con lugar la falta de cualidad para sostener el juicio el ciudadano Víctor Manuel Uzcátegui Márquez, y declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Julio César Flores Silva contra la sociedad mercantil Servicios y Repuestos Motor’s Car’s W, C.A., por prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión formulada por el abogado Carlos Eduardo Castellanos en su condición de apoderado judicial del ciudadano VÍCTOR MANUEL UZCÁTEGUI MÁRQUEZ, de la sentencia número 0196 dictada el 8 de abril de 2015 por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y Regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
revisiónfalta de cualidadlegitimaciónderecho laboral