Sentencia N° 1614 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1614, Exp. 15-1034, 10/12/2015
Expediente15-1034
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia número 2108, dictada por la Sala de Casación Social, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por José Gregorio Carrero Ledezma contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. El solicitante argumentó violaciones a sus derechos laborales y a la defensa, así como la inobservancia de criterios vinculantes por parte de la Sala de Casación Social. La Sala Constitucional determinó que no existía un error grotesco en la interpretación de la norma constitucional ni contradicción con la jurisprudencia establecida. Se concluyó que la Sala de Casación Social actuó dentro de su autonomía y que la inconformidad del solicitante no era suficiente para justificar la revisión constitucional. Finalmente, la Sala declaró no ha lugar la solicitud de revisión, confirmando la decisión de la Sala de Casación Social.

Extracto de la motiva

Que la Sala de Casación Social a pesar de declarar en la sentencia que “la recurrida incurrió en el vicio de inmotivación denunciado al desestimar las pruebas testimoniales aportadas” concluyó (…) “sin embargo, no señala el formalizante si las pruebas silenciadas tienen influencia determinante en la resolución de la controversia (...) excediéndose así en su decisión al solicitar un requerimiento que la norma establecida en el artículo 168 ordinal 3° no contiene, violando los principios constitucionales de la seguridad jurídica y la confianza legítima al no interpretar la Ley y su aplicación”. (Resaltado y subrayado del solicitante). Que la Sala de Casación Social a pesar de constatar que efectivamente la recurrida no analizó ni valoró las deposiciones de los testigos, desechó dicha argumentación alegando que el peticionante no justificó en qué modificaría el fallo, exigiendo así una condición que la norma no contiene. Finalmente, solicitó sea declarada ha lugar la presente solicitud de revisión constitucional y se declare la nulidad absoluta del fallo objeto de la misma a fin de que se ordene a la Sala de Casación Social que efectué las determinaciones respectivas para establecer el quantum respectivo, para lo cual deberá ordenar el nombramiento pericial a los fines de determinar los intereses sobre la prestación de antigüedad, los intereses de mora e indexación de todos los conceptos laborales, ordenando el correspondiente pago por parte de la empresa demandada.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada el 22 de noviembre de 2012; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

inmotivaciónpruebassentenciarevisiónderechos laboralesjusticiaseguridad jurídica

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