Sentencia N° 1554 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1554, Exp. 02-1555, 11/06/2003
Expediente02-1555
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar la apelación interpuesta por Inversiones Las Tres A, C.A. contra la sentencia dictada el 31 de mayo de 2002, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. La apelación se basaba en la alegación de vulneración del derecho al debido proceso en el contexto de un procedimiento de calificación de despido.
Extracto de la motiva
La Sala juzga que la sentencia apelada se pronunció negativamente sobre la procedencia, aun cuando declaró inadmisible la tutela constitucional invocada, y prescindió del análisis de los requisitos de admisibilidad de la presente solicitud, lo cual no le estaba permitido al a quo, ya que el cumplimiento de dichos extremos es una condición previa a objeto de la tramitación de cualquier pretensión jurisdiccional. En tal sentido, la Sala considera pertinente ratificar su criterio respecto del carácter de orden público de las causales de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional, contenidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales (Cfr. sentencia n° 81 del 6 de febrero de 2003, caso: Edgar José Fernández).
Dispositiva
1) Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por Inversiones Las Tres A, C.A., contra la sentencia dictada el 31 de mayo de 2002, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. 2) REVOCA la parte dispositiva del fallo apelado y, en consecuencia, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por Inversiones Las Tres A, C.A., contra el fallo dictado el 29 de abril de 2002, por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial.
Palabras clave
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