Sentencia N° 1524 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de noviembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1524, Exp. 13-0733, 01/11/2013
Expediente13-0733
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-01
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por el abogado Carlos de Jesús Cabezas en representación de Luis Alberto Molina González, contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Miranda, que había declarado parcialmente con lugar una demanda por cobro de bolívares. La Sala determinó que la revisión no contribuye a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, y que la actuación del defensor ad litem no cumplió con los deberes inherentes a su cargo, lo que vulneró el derecho a la defensa del demandado. Sin embargo, se concluyó que la solicitud de revisión no prospera y se declaró NO HA LUGAR.

Extracto de la motiva

La revisión solicitada se encuadró en el supuesto de procedencia relativo a la violación de principios fundamentales contenidos en la Constitución presuntamente cometidos en la sentencia objeto de revisión. En el presente caso, se pretende la revisión de la decisión judicial dictada el 21 de febrero de 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que declaró parcialmente con lugar la demanda que por cobro de bolívares intentó el ciudadano Paulo Pereira en contra del ciudadano Luis Alberto Molina González. La Sala observa que la revisión solicitada no contribuye a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, por lo que se declara no ha lugar en derecho y así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el abogado Carlos de Jesús Cabezas, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ALBERTO MOLINA GONZÁLEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 21 de febrero de 2005. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

competenciarevisióndefensaprincipios jurídicosderechossentenciaabogadoproceso

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca