Sentencia N° 1523 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1523, Exp. 15-1056, 27/11/2015
Expediente15-1056
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-11-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas, que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación. La Sala encontró que la sentencia recurrida había violado derechos fundamentales como el debido proceso y la tutela judicial efectiva, al valorar argumentos de una audiencia que había sido anulada. En consecuencia, se declaró con lugar la revisión, anulando la decisión impugnada y ordenando al Juzgado Primero Superior que dictara una nueva decisión conforme a lo establecido en el fallo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional considera que el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, al analizar el iter procesal de la demanda incoada por el ciudadano Yordano Enrique Acuña Sotillo, estableció que la apoderada judicial de la empresa hoy solicitante, había esgrimido una argumentación en la oportunidad de la celebración de la audiencia de juicio, la cual en su concepto afirmaba 'la existencia y validez inicial de la referida Acta de la Mesa de Diálogo'. Posteriormente, continuó narrando dicho Juzgado que, en virtud del nombramiento de un nuevo juez en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, dicho juez dictó auto mediante el cual ordenó iniciar nuevamente la audiencia de juicio. Finalmente, la sentencia objeto de revisión razonó que si bien el juez de primera instancia, había reiniciado la audiencia de juicio, este sólo dejó sin efecto 'el Acta de la Audiencia', más no la Audiencia en sí; razón por la cual, procedió a valorar lo alegado en la primera audiencia de juicio por la representación de la empresa Modiriate Ehdass, C.A., con respecto a la documental identificada como 'Acta de Mesa de diálogo Laboral, Proyecto Cemento Cerro Azul de fecha 13 de septiembre de 2012'.
Dispositiva
Primero: HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil MODIRIATE EHDASS C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas el 2 de marzo de 2015. Segundo: Se ANULA la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas el 2 de marzo de 2015. Tercero: Se ORDENA al Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial que dicte nueva decisión tomando en consideración lo preceptuado por este fallo. Cuarto: se ORDENA al Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial que remita el expediente contentivo de la sentencia objeto de revisión al Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial.