Sentencia N° 15 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de febrero de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 15, Exp. 13-1023, 18/02/2014
Expediente13-1023
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-02-18
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión interpuesta por el abogado David Alejandro Calzadilla Lista, en representación de la sociedad mercantil CENTRAL MADEIRENSE, C.A., contra la sentencia dictada el 13 de agosto de 2012 por el Tribunal Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La sentencia recurrida había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y había resuelto sobre la defensa de prescripción alegada por la demandada, entre otros puntos.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional considera que la revisión de la sentencia no encuadra en los tipos de decisiones susceptibles de revisión constitucional, ya que no se evidencia alguna violación de derechos constitucionales ni un error en la interpretación de la norma. La solicitud de revisión se basa en el desacuerdo de la parte solicitante con la decisión, lo cual no constituye un fundamento válido para la revisión. Por lo tanto, se declara no ha lugar la solicitud de revisión.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado David Alejandro Calzadilla Lista, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRAL MADEIRENSE, C.A., de la sentencia dictada, el 13 de agosto de 2012, por el Tribunal Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
prescripciónderecho a la defensaaudiencia preliminarpruebajurisprudenciarelación laboralsentenciainobservancia