Sentencia N° 1475 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1475, Exp. 22-0732, 21/11/2023
Expediente22-0732
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-11-21
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y el Tribunal Quinto de Primera Instancia del Juicio del Circuito Judicial del Trabajo, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Begglymar Alejandra Medina Ulacio contra la Universidad de Falcón. La acción se fundamenta en la supuesta violación del derecho a la educación de la demandante, quien es hija de un docente de la universidad y beneficiaria de una beca.

Extracto de la motiva

Atendiendo a los preceptos legales antes citados, siendo que la materia afín con la naturaleza del derecho o garantía cuya violación se denuncia no es laboral, debido a que entre la presunta agraviada y la posible agraviante no existe una relación laboral, ni que la presunta violación a su derecho a la educación se derive de ello en consecuencia este Tribunal no acepta la competencia que le fuera declinada por el referido Tribunal y se declara a su vez incompetente para el conocimiento de la presente solicitud de amparo. Así se decide. En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada a este Tribunal por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, de la ciudad de Punto Fijo. SEGUNDO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para el conocimiento de la acción de amparo incoada por el abogado Jesús Rafael Medina Chirinos, inscrito en el Inpreabogado con el número 53.870, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Begglymar Alejandra Medina Ulacio, titular de la cédula de identidad número V- 26.057.072, en contra de la sociedad mercantil Universidad de Falcón (UDEFA), por la presunta violación de su derecho a la educación. TERCERO: En virtud del conflicto negativo de competencia surgido, se ordena la remisión del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Se declara COMPETENTE para resolver el conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Tribunal Quinto de Primera Instancia del Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial, sede Punto Fijo. Se ORDENA la remisión del presente expediente para que resuelva la referida causa.

Palabras clave

conflicto de competenciaamparo constitucionalderecho a la educaciónUniversidad de Falcónbeca

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