Sentencia N° 1467 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1467, Exp. 04-1263, 05/08/2004
Expediente04-1263
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRecusacion
Fecha de la decisión2004-08-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la recusación presentada por Rafael Veloz García, declarando sin lugar la misma. Se argumenta que la recusación es ineficaz debido a que el procedimiento disciplinario en contra de los magistrados no se ha seguido conforme a lo establecido en la Constitución, que exige un antejuicio de mérito. La Sala resalta que los procedimientos disciplinarios instaurados son ineficaces e irrealizables, y no pueden ser causales de recusación.

Extracto de la motiva

En varias sentencias de esta Sala (v. entre otras, sentencia N° 2090 el 30 de octubre de 2001, caso ANTONIO ASPITE y otros) se ha señalado que el juez recusado puede negar de inmediato la recusación, cuando ella es extemporánea o no se funda en causa legal, y a juicio de la Sala, equivale a no fundarse en causa legal, atribuir un hecho irrealizable al Magistrado, como objeto de la recusación. Este es el caso de autos, donde se imputa a los Magistrados recusados por el Presidente del Colegio de Abogados de Caracas, dos tipos señalados en los numerales 4, 7 y 8 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en base a que contra ellos se ha abierto en el Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados, un procedimiento disciplinario. Tal procedimiento es írrito por inconstitucional, ya que conforme al artículo 266, numeral 3, para enjuiciar por cualquier motivo sancionatorio a un Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, hay que seguir previamente un antejuicio de mérito ante la Sala Plena del Tribunal, y ello no ha sucedido en este caso.

Dispositiva

En vista de lo expuesto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara sin lugar la recusación interpuesta por RAFAEL VELOZ GARCÍA. Publíquese el presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

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