Sentencia N° 1455 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1455, Exp. 11-0072, 10/08/2011
Expediente11-0072
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2011-08-10
DecisiónDeclara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la acción de amparo interpuesta por Rodolfo Enrique Chona contra la Universidad Católica del Táchira, alegando la violación de sus derechos constitucionales. La Sala determina que el Juzgado Segundo de Primera Instancia se declaró incompetente y declina la competencia a la Sala Constitucional. Finalmente, la Sala declara competente al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes para conocer de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Esta Sala observa que el ciudadano Rodolfo Enrique Chona, en su condición de estudiante denunció a la Universidad Católica del Táchira, por la supuesta violación de los artículos 19, 21 numerales 1 y 2, 28, 49, 51, 102 y 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 2, 3, 4 y 59 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, así como del artículo 109 del Reglamento Orgánico de Estudios de Pre-Grado de la Universidad Católica del Táchira y los artículos 62 numeral 1, 67 numeral 1 y 73 numeral 1, de la Vigente Ley de Universidades, por cuanto la referida Universidad, supuestamente le ha negado la emisión de las copias certificada de las pruebas realizadas por el accionante. La invocada disposición constitucional, sobre la cual se funda la pretensión deducida en esta causa, dispone: 'Artículo 28. Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos.'
Dispositiva
1. NO ACEPTA la declinatoria de competencia que le hizo el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. 2. Declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo ejercida por el ciudadano RODOLFO ENRIQUE CHONA, contra la Universidad Católica del Táchira, al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes. Publíquese y Regístrese. Remítase el expediente al al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes.
Palabras clave
derecho a la informaciónhabeas dataconstituciónuniversidadesprocedimientos administrativos