Sentencia N° 143 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de marzo de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 143, Exp. 16-1019, 23/03/2017
Expediente16-1019
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-03-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Paolo Dalla Valeria contra las sentencias números 270 y 335 de la Sala de Casación Penal, en el marco de un procedimiento de extradición pasiva. Se argumenta que la ley prohíbe expresamente la admisión de acciones de amparo contra decisiones de este Tribunal. La Sala reafirma su competencia y la prohibición de admitir este tipo de acciones, lo que lleva a la decisión de no pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada.

Extracto de la motiva

La parte actora solicitó se declare procedente la acción de amparo constitucional interpuesta contra las sentencias números 270 y 335, dictadas en fechas el 15 de julio y 10 de agosto de 2016, por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia; y que se le acuerde su libertad plena. Finalmente, solicitó 'la medida cautelar de suspensión de la ejecución de la sentencia impugnada (sic), hasta tanto sea resuelta la presente demanda…'. Como se indicó, en el presente caso se ejerció ante esta Sala, amparo constitucional contra las sentencias números 270 y 335, dictadas en fechas el 15 de julio y 10 de agosto de 2016, por la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, en el marco de un procedimiento de extradición pasiva sustanciado en virtud de la aprehensión del mencionado accionante el 20 de septiembre de 2015, por funcionarios adscritos a la División de Investigaciones de Interpol-Aragua, con ocasión a la notificación de alerta roja internacional identificada con el alfanumérico A-7814/19-2015, con fundamento en ordenanza de detención procedente del Gobierno de la República Italiana, por el delito de Asociación Ilícita para el Tráfico de Drogas, previsto en el artículo 110 del Código Penal y artículo 173 de la Ley de Drogas 309/90, de la legislación penal italiana.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano PAOLO DALLA VALERIA, titular del pasaporte italiano número A-674337, contra las sentencias números 270 y 335, del 15 de julio y 10 de agosto de 2016, dictadas por la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, en el marco de un procedimiento de extradición pasiva del accionante de autos, quien fue aprehendido en virtud de notificación roja internacional identificada con el alfanumérico A-7814/9-2015, del 22 de septiembre de 2015, requerido por el Gobierno de la República Italiana por el delito de asociación ilícita para el tráfico de drogas, previsto en el artículo 110 del Código Penal y artículo 173 de la Ley de Drogas 309/90, de la legislación penal italiana.

Palabras clave

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