Sentencia N° 1426 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de julio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1426, Exp. 07-0736, 12/07/2007
Expediente07-0736
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-12
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, decidió sobre la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Rosario Carmona en representación de la sociedad mercantil Raymond de Venezuela, C.A. (RAYVEN). La solicitud se fundamentó en la alegación de violaciones a derechos fundamentales en el proceso de cobro de prestaciones sociales iniciado por Rosa Molina Márquez. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que la revisión no se enmarca dentro de la finalidad de preservar la uniformidad de criterios constitucionales y desestimó la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala ha señalado que “(…) la revisión no constituye una tercera instancia, ni un instrumento ordinario que opere como un medio de defensa ante la configuración de pretendidas violaciones, sino una potestad extraordinaria y excepcional de esta Sala Constitucional cuya finalidad no es la resolución de un caso concreto o la enmendadura de ‘injusticias’, sino el mantenimiento de la uniformidad de los criterios constitucionales en resguardo de la garantía de la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, lo cual reafirma la seguridad jurídica (…)”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Rosario Carmona, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil RAYMOND DE VENEZUELA, C.A. (RAYVEN), ya identificada, de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia el 8 de marzo de 2006, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por la parte demandada -hoy solicitante-, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia.
Palabras clave
revisión constitucionalprestaciones socialesderechos fundamentalescobro de prestacionesdue processLey Orgánica del Trabajoexperticia complementaria